
IMPUESTO DE ENAJENACIÓN DE INMUEBLES
1. ¿Qué es el impuesto de la enajenación de inmuebles?
La enajenación se trata simplemente como la venta de un bien inmueble, y el impuesto
referido es el impuesto sobre la utilidad proveniente de la venta (ISR). En Panamá, la
enajenación de bienes inmuebles está sujeta a dos impuestos principales: el Impuesto de
Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) y el Impuesto sobre la Ganancia de Capital.
2. ¿Qué es el valor de enajenación?
El valor de enajenación de un inmueble se refiere al precio acordado entre el comprador y el
vendedor en una transacción de compraventa.
3. ¿Qué es el costo básico y como se determina?
El costo básico es el valor real de adquisición del bien inmueble, ajustado por ciertos factores.
El costo básico se determina tomando en cuenta el valor catastral del inmueble en la fecha
de adquisición, más el valor de las mejoras realizadas y los gastos necesarios para efectuar la
transacción.
4. ¿Qué son las mejoras incorporadas?
Las mejoras son las inversiones realizadas en el inmueble que aumentan su valor, como
ampliaciones o remodelaciones.
5. ¿Qué es utilidad o perdida y cómo se calcula?
La utilidad o pérdida se calcula restando al valor de enajenación el total del costo básico
ajustado, las mejoras incorporadas y los gastos incurridos en la enajenación. Si el resultado
es positivo, se considera una utilidad; si es negativo, una pérdida.
Utilidad = Valor de enajenación - (Costo básico + mejoras + gastos)
6. ¿Qué es el impuesto causado en la enajenación de inmuebles?
El impuesto causado por la enajenación (venta) de bienes inmuebles es el resultado fiscal que
debe pagar el vendedor por la ganancia de capital obtenida.
7. ¿Cómo se calcula el pago del 2% como anticipo al impuesto de enajenación?
Al momento de la transferencia de un bien inmueble, el vendedor debe abonar un anticipo
del 2% sobre el valor de la transacción. Este anticipo se calcula sobre el valor que resulte
mayor entre:
- El valor pactado en la escritura de transferencia.
- El valor catastral del inmueble en la fecha de adquisición, más el valor de las mejoras
efectuadas, más una suma equivalente al 5% del referido valor catastral del terreno y al
de sus mejoras por cada año calendario completo transcurrido entre la fecha de
adquisición y la de la transferencia del bien.
8. ¿A qué se refiere el pago del 5% como impuesto de transferencias de bienes
inmuebles? El Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) se calcula tomando en cuenta el
valor más alto entre el precio de venta y el valor catastral ajustado del inmueble. Este último
se determina sumando al valor catastral:
- El valor de las mejoras realizadas.
- Un 5% anual por cada año calendario completo transcurrido desde la adquisición hasta
la transferencia del inmueble.
Este ajuste del 5% anual se aplica tanto al valor catastral del terreno como al de las mejoras.